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21 diciembre 2019

El TJUE da una oportunidad a la investidura

El tribunal de Luxemburgo (TJUE) ha aceptado el recurso de Oriol Junqueras (OJ) y le ha reconocido su condición de eurodiputado. Esta decisión responde a una pregunta previa del TS español, al que obliga a revisar su sentencia sobre OJ para  que tenga en cuenta esta circunstancia.

El TJUE deja al tribunal español la forma en la que debe reconocer los derechos de OJ lo que significa que debe incluir en la revisión el derecho a que tome posesión de su cargo, pueda ejercer como diputado europeo y  aceptar que para poder procesarle debe pedir un suplicatorio a la cámara europea.

ERC ya ha manifestado la posición de la defensa y pedirá la nulidad de todo el proceso mientras que la fiscalía sigue en plan duro y, en una primera valoración, dice que no se puede corregir nada pues se está fuera de tiempo al no estar ya OJ en prisión provisional.

La Abogacía del Estado (AE) ha sido requerida como parte del proceso a fijar su posición que no tiene porque coincidir con la de la fiscalía. Esta discrepancia ya se produjo en la calificación del proceso en la que, mientras la fiscalía consideraba  que había un delito de rebelión, la AE lo dejaba en sedición. La sentencia condenó finalmente por sedición desestimando los criterios de la fiscalía.

En todo caso la AE no es poder judicial, es un cuerpo jerárquico de la Administración y, por ello ,el gobierno tiene derecho a participar en la posición que finalmente se adopte.

La AE debería alegar que se cumpla literalmente la sentencia del TJUE para lo cual tendría que proponer una formula que permita a OJ la toma de posesión  y el ejercicio de su cargo de euro-parlamentario.

Seguramente en derecho puedan existir varias formulas que cumplan  esos requisitos: nulidad del juicio, suspensión de la condena, prisión atenuada como el tercer grado o cualquier otra. Si se tiene en cuenta que el interés nacional es contribuir lo máximo posible  a normalizar la situación política en Cataluña, cualquiera de esas formulas podría ser adecuada.

Si el TS aceptara la propuesta de dejarlo todo igual, como propone la fiscalía, no se cumplirían los requisitos de la sentencia europea y daría lugar a nuevos recursos de OJ y a perpetuar el conflicto jurídico con el tribunal europeo y, desde un punto de vista político, en vez de contribuir a la normalización de Cataluña, se añadiría un elemento más de confrontación.

La sentencia del TJUE ha permitido de forma indirecta el reconocimiento de Puigdemont como eurodiputado por lo que, con toda probabilidad, en un tiempo breve podrá circular por  toda la Unión Europea incluida España.

En todo caso  el TS decidirá lo que estime oportuno pero la AE, que defiende la posición del gobierno deber´ñia mantener una  posición constructiva.

Con el reconocimiento de la condición de diputados de O. Junqueras y C. Puigdemont, el TJUE ha ofrecido una oportunidad para distender la situación en Cataluña y permitir de paso la investidura de Pedro Sanchez.

Sería un error muy grave desperdiciar esta oportunidad.

La derecha no para de meter ruido con afirmaciones interesadas que están fuera de la realidad. La sentencia se basa en protección de la inmunidad de los eurodiputados, con independencia de que sean catalanes o de cualquier otro origen y no suponen ninguna injerencia en nuestra soberanía. Por otro lado pretenden convencer a la ciudadanía de que la AE es una institución independiente y el gobierno debería abstenerse de intervenir. Como en cualquier procedimiento judicial, el abogado no toma decisiones por su propia iniciativa sino con la colaboración de la parte que le contrata, en este caso el gobierno que actúa en nombre del Estado.



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