El Tribunal Supremo de España ha puesto sobre la mesa del nuevo gobierno otra asignatura pendiente. Esta vez no se trata de viejos contenciosos de hace 80 años como los de la memoria histórica del franquismo, sino de asuntos mucho más recientes no resueltos por el anterior gobierno de M. Rajoy.
En Abril de 2017, la plataforma cívica Stop Mare Nostrum, presentó una petición al gobierno de M. Rajoy, interesándose por el cumplimiento de la obligación de reubicar, en el plazo de dos años entre septiembre de 2015 y septiembre de 2017, 19.440 refugiados procedentes de Grecia e Italia de acuerdo con las decisiones del Consejo de la UE 2015/1523 y 2015/1501
El gobierno denegó esta petición por silencio administrativo y la plataforma la recurrió al TS que, en un plazo relativamente breve, ha dictado sentencia obligando al gobierno a cumplir con esa obligación (Sentencia 1168/2015 de la sala 5ª del TS) En su fallo la sentencia dice
3º) Declarar que el Estado español ha incumplido parcialmente las obligaciones administrativas de tramitación previstas en las Decisiones de la Unión Europea, en los términos que resultan de los Fundamentos de la presente sentencia.
4º) En consecuencia debe el Estado español continuar la tramitación en los términos previstos en las Decisiones y de conformidad con los acuerdos que en lo sucesivo adopten las Instituciones comunitarias.
"Stop Mare Mortum considera que la sentencia es histórica y no tiene precedentes; es la primera vez que un tribunal nacional condena a su gobierno por el incumplimiento de una decisión comunitaria en el marco de las políticas migratorias."
El cumplimiento de esta sentencia, que el nuevo gobierno socialista se ha comprometido a ejecutar, junto con la acogida en puertos españoles de los barcos Aquarius y Open Arms, pone a nuestro país en primera línea de la solidaridad europea con los refugiados y debe servir de pauta para otros países de la UE y para que el acuerdo sobre refugiados adoptado en la última cumbre europea, se convierta, a pesar de su ambigüedad en un instrumento útil, para impulsar de forma importante la acogida humanitaria de refugiados y también de migrantes económicos que huyen de la miseria de sus países de origen.
En otro orden de cosas hay que valorar en positivo, tanto por el contenido de la sentencia como por la rapidez relativa en emitirla, la actitud de nuestros tribunales de justicia.
Si la justicia española da algunas de cal y otras de arena, parece que últimamente la cal va cogiendo ventaja sobre la arena.
En Abril de 2017, la plataforma cívica Stop Mare Nostrum, presentó una petición al gobierno de M. Rajoy, interesándose por el cumplimiento de la obligación de reubicar, en el plazo de dos años entre septiembre de 2015 y septiembre de 2017, 19.440 refugiados procedentes de Grecia e Italia de acuerdo con las decisiones del Consejo de la UE 2015/1523 y 2015/1501
El gobierno denegó esta petición por silencio administrativo y la plataforma la recurrió al TS que, en un plazo relativamente breve, ha dictado sentencia obligando al gobierno a cumplir con esa obligación (Sentencia 1168/2015 de la sala 5ª del TS) En su fallo la sentencia dice
3º) Declarar que el Estado español ha incumplido parcialmente las obligaciones administrativas de tramitación previstas en las Decisiones de la Unión Europea, en los términos que resultan de los Fundamentos de la presente sentencia.
4º) En consecuencia debe el Estado español continuar la tramitación en los términos previstos en las Decisiones y de conformidad con los acuerdos que en lo sucesivo adopten las Instituciones comunitarias.
"Stop Mare Mortum considera que la sentencia es histórica y no tiene precedentes; es la primera vez que un tribunal nacional condena a su gobierno por el incumplimiento de una decisión comunitaria en el marco de las políticas migratorias."
El cumplimiento de esta sentencia, que el nuevo gobierno socialista se ha comprometido a ejecutar, junto con la acogida en puertos españoles de los barcos Aquarius y Open Arms, pone a nuestro país en primera línea de la solidaridad europea con los refugiados y debe servir de pauta para otros países de la UE y para que el acuerdo sobre refugiados adoptado en la última cumbre europea, se convierta, a pesar de su ambigüedad en un instrumento útil, para impulsar de forma importante la acogida humanitaria de refugiados y también de migrantes económicos que huyen de la miseria de sus países de origen.
En otro orden de cosas hay que valorar en positivo, tanto por el contenido de la sentencia como por la rapidez relativa en emitirla, la actitud de nuestros tribunales de justicia.
Si la justicia española da algunas de cal y otras de arena, parece que últimamente la cal va cogiendo ventaja sobre la arena.