Blog de Alfredo20032

Comentarios, desde la izquierda, de la actualidad política y social, con referencias esporádicas a otros temas más o menos relacionados.




Mostrando entradas con la etiqueta Sanidad. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Sanidad. Mostrar todas las entradas

02 diciembre 2014

Art. 135 Constitución Española

Cuando se hace bandera de una idea, el riesgo de enzarzarse a banderazos con ella está siempre presente. Algo de esto ha pasado con el articulo 135 de la Constitución Española modificado el 2 de Septiembre de 2011 con 316 votos favorables, a propuesta de los grupos parlamentarios del PSOE y del PP.

La modificación de la Constitución se hizo en uno de los momentos mas álgidos de la crisis económica, bajo la presión de la Unión Europea y en cumplimiento del Pacto de Estabilidad, firmado con el objetivo de intentar restaurar la confianza financiera en Europa, y que incluía  la obligación de las Partes Contratantes de transponer la «regla de equilibrio presupuestario» en sus ordenamientos jurídicos nacionales, mediante disposiciones vinculantes, permanentes y preferentemente de rango constitucional.

En España la obligación del equilibrio presupuestario se incluyo en el articulo 135 y la cuantificación del mismo se  dejo para una Ley orgánica que fue aprobada en 2012, ya en el gobierno del PP. En todo caso el equilibrio presupuestario previsto será de aplicación en 2020, por lo que su efecto actual es nulo, por mucho que se la culpe de todos los recortes hechos por el PP.

En estas circunstancias, el gobierno Zapatero hizo lo único que cabía hacer pues el margen de maniobra era muy escaso. Otra cosa son las formas que fueron manifiestamente mejorables: el intento de hacerlo casi clandestino, a final del mes de Agosto con la mínima publicidad y sin dar información a los ciudadanos ni intentar el acuerdo con otras fuerzas políticas, además del PP, fue determinante para que se convirtiera en el pim, pam, pum, de los restantes grupos parlamentarios, estuvieran a la izquierda o a la derecha del PSOE, y posteriormente, sirviera de munición adicional a la demagogia de Podemos.

El error que se cometió en 2011 fue más de forma que de fondo y ese error hay que asumirlo como tal pues ya no tiene enmienda posible.

La propuesta positiva y necesaria de blindar la sanidad y la educación pública en la Constitución puede hacerse sin necesidad de remover el articulo 135. La propuesta, de hace pocos días, de la izquierda plural de volver a modificar este articulo, no iba en este sentido, sino que pretendía cargarse el pacto de estabilidad europeo. 

Modificar el art. 135 no es la única opción, hay otras posibilidades de blindar educación y sanidad en la Constitución.

Por ejemplo, y sin que sea la única opción, reforzando los artículos 27.4 y  43.2 que dicen actualmente:

  • 27.4 La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
  • 43.2  Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.
Además de blindar estos derechos se podría también mejorar algún otro como el relativo al derecho de la vivienda (art. 47), introduciendo una referencia a evitar los desahucios para familias en situaciones criticas.

El articulo 47 dice actualmente:
  • Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.
En esta misma línea se podría proponer introducir una referencia a  la protección de la dependencia que no está contemplada en el texto actual.

Es posible, con estas u otras opciones blindar los derechos del Estado de Bienestar en la Constitución sin necesidad de reabrir el debate sobre el déficit y la estabilidad presupuestaria que, en cualquier caso, es otro debate. 

02 diciembre 2013

Mezclando churras con Merinas

No es una buena práctica mezclar las churras con las merinas pues no obtendremos ni buena leche, ni buena carne. 

Cada una por su cuenta está bien como está.

Este consejo ovino es también de aplicación en algunos aspectos de la vida política en los que tampoco conviene  forzar la mezcla entre sí de cosas diferentes.

Churras: Elección del CGPJ 

En un sistema democrático, el principio de separación de los tres poderes de Montesquieu obliga a que tanto el ejecutivo, como el legislativo y el judicial tengan su origen en la elección popular. En el caso de la elección del Parlamento y del gobierno, no hay ninguna dificultad, pero el carácter especializado del poder judicial complica las cosas.

En España se ha resuelto esta situación definiendo un Gobierno de los jueces, el Consejo Superior del Poder Judicial, separado y, hasta cierto punto independiente, del poder político.

La elección de los miembros del CGPJ la hacen el Congreso y el Senado sobre candidatos que cumplen una serie de requisitos mínimos que han sido propuestos por los distintos estamentos profesionales de la Justicia. La elección se hace  por un sistema de mayoría reforzada.

Este procedimiento siempre ha chocado con un sector de la judicatura que pretendían asumir ellos la elección intentando usurpar de forma corporativa, en base a su perfil jurídico, los derechos de todos los ciudadanos materializado en sus representantes políticos.

El sistema es totalmente democrático y requiere un amplio acuerdo, razón por la que, en muchas ocasiones, la renovación del CGPJ ha tenido serias dificultades.

En esta ocasión se ha logrado un consenso amplio y se han elegido 10 vocales propuestos por el PP,  6 propuestos por el PSOE y 1 por cada uno de los partidos PNV, CiU e Izquierda Plural. Como era  de esperar conociendo su trayectoria, UPyD ha criticado la elección, considerándola reparto de puestos, que es lo mismo dicen otros críticos de la derecha que en ningún momento  proponen un sistema mejor.

La elección de los vocales del CGPJ requiere un amplio consenso y como en todo consenso, hay que tragarse algún sapo, que en este caso ha sido para la izquierda, el nombramiento del presidente de la Audiencia de Madrid, aunque la derecha, en justa reciprocidad, también se ha tragado algún otro. Lo más criticable del procedimiento ha sido seguramente el pacto para no vetar las propuestas de los demás partidos, que tiene, por otro lado, la virtud de facilitar las cosas, pues si se hubieran permitido vetos, se hubiera entrado en una dinámica de vetos y contravetos que no hubiera llevado a ninguna parte y el acuerdo hubiera sido mucho más complicado.


Merinas, Defensa de la Sanidad Pública

El intento del gobierno de la Comunidad de Madrid  de privatización de la Sanidad madrileña, ha provocado una fuerte oposición en la ciudadanía que se ha puesto de manifiesto en diferentes frentes, el político parlamentario, el sindical, las protestas ciudadanas y las demandas judiciales.

Las demandas judiciales han conseguido de momento, la suspensión cautelar de la privatización pues, caso de salir favorable la demanda, la puesta en marcha anticipada de la privatización provocaría daños irreparables.

En estas circunstancia y dado la lentitud de la justicia en resolver los temas, la suspensión cautelar podría convertirse en suspensión definitiva si, como es de esperar, se produce un cambio de gobierno en las próximas elecciones.

Un auto del presidente de la sala, Martinez Tristan,  ha dado un vuelco procesal al concentrar todos los recursos  y proponer que la decisión sobre si hay o no suspensión cautelar la decida el pleno de la sala de lo contencioso del TSJM.

Esta decisión, que según  expertos jurídicos es poco habitual, puede levantar la suspensión cautelar y facilitar de hecho la privatización. El PSM ha recurrido esta decisión recusando al presidente de la sala por supuesto conflicto de intereses.

En definitiva, la suspensión cautelar de la privatización se haya inmersa en una complicación procesal que puede salir por cualquier sitio.

Estas son las  "churras y las merinas", dos problemas distintos sin más conexión entre si que la persona  del presidente de la sala del TSJM, y que no tiene ningún sentido mezclar.

La  Mezcla 

Sin embargo un senador autonómico de Madrid decide rasgarse las vestiduras y dimitir de su puesto en el Senado para mantener la coherencia con sus valores y principios, que según él, perdería si votara esa lista consensuada.

Quien adopta esta puritana posición, no es un independiente excesivamente moralista incluido en las listas del PSOE de Madrid, es el Secretario General del PSM que no es nuevo en estas cosas.

Esta dimisión no favorece en nada ni a la demanda contra la privatización ni al consenso sobre el CGPJ, no tiene siquiera la belleza del acto inútil pues hace daño al conjunto del partido.

Es inconcebible que un dirigente político experimentado, que aspira ser presidente de la Comunidad de Madrid en las próximas elecciones, adopte estas posturas espectáculo.

La dimisión deja también a los pies de los caballos a su sustituto que, aplicando el mismo razonamiento, será una persona incoherente cuando acepte el cargo.

Si alguna ventaja tiene está dimisión, es que contribuye a reducir la acumulación de cargos en una misma persona y le dejará más tiempo para dedicarlo a hacer oposición en la Comunidad de Madrid, donde es imprescindible hacer todos los esfuerzos para desalojar al PP en las próximas elecciones.

05 noviembre 2012

Algunas reflexiones sobre el recetazo



Se ha criticado mucho, y con razón, la aprobación de una tasa de 1€ por receta primero en Catalunya y recientemente en la Comunidad de Madrid.
Comparto en términos generales las reflexiones a que ha dado lugar la puesta en marcha de este nuevo. No obstante quiero aportar alguna idea más que considero puede tener interés.
En primer lugar sobre la distribución de las competencias sanitarias: Si la subida de la aportación a la adquisición de medicamentos, del 40 al 50%, para los trabajadores activos, (hasta el 60% en algunos casos) y un 10% para los pensionistas, con algunos limites totales, la ha decidido el Ministerio de  Sanidad ¿Porqué el cobro de 1 € por receta, que no deja de ser otra forma de incrementar la aportación de los ciudadanos al coste de los medicamentos, es responsabilidad de las CC.AA.? Esta descoordinación lleva a discriminar a unos ciudadanos sobre otros encareciendo los medicamentos que utilizan. Con este criterio, nada impide que otras CC.AA. recarguen las recetas con 50 cts. de Euro o con dos Euros, o con una cantidad variable dependiendo del criterio que se le ocurra al consejero de turno.
El Ministerio dice que está estudiando el asunto, ya veremos si es capaz de pararlo, de recurrirlo o, como parece más probable, acabará admitiéndolo.
El segundo elemento de reflexión es la identificación de los ciudadanos más afectados por esta medida. Una primera respuesta, dada por casi todos los críticos con la medida, es que afecta fundamentalmente a los pensionistas por ser el colectivo de menor renta y más sensible a las enfermedades. Siendo esto cierto hay otro colectivo, que sin duda incluye a muchos pensionistas, que está profundamente afectado: los enfermos crónicos.
Los enfermos crónicos necesitan, necesitamos, un tratamiento continuo para combatir una enfermedad permanente y sin curación posible. Para este tipo de enfermos la medida tiene carácter recaudatorio y no disuasorio, pues no pueden prescindir de su medicación habitual.
Un enfermo crónico consume muchos medicamentos y por tanto necesita una gran cantidad de recetas. Poniéndome a mi mismo como ejemplo, no se si significativo, necesito siete medicamentos distintos todos los días como consecuencia de mi enfermedad cardiaca, algunos de ellos con más de un comprimido diario. Mi consumo bimensual de medicamentos es de veinticinco recetas, por lo que, a partir de enero, me costará un total adicional de 150 € anuales.
Un agravante más para los crónicos es que, dado que sus medicamentos tienen un precio limitado, el impacto relativo de la “tasa de recetas” es mucho mayor. En mi caso, la media del precio por envase de los siete medicamentos que consumo habitualmente, es aproximadamente de 1€, por lo que el recetazo me dobla el gasto de los medicamentos.
Si la Seguridad Social tuviera un sistema de contabilidad de recetas distinto de la “cuenta de la vieja”, y utilizara, como todo el mundo, el sistema decimal para contabilizar envases, podría haber recetas que prescribiesen varios envases, caso de los crónicos, y mis veinticinco recetas se convertirían en siete. Pero la S.S. hace las cuentas por el sistema de contar palotes, o recetas, por lo que el nuevo impuesto dispara los precios y acaba costando más el collar que el perro.
El recetazo es un sistema abusivo, injusto y además absurdo e irracional, gestionado por procedimientos medievales.
Una pregunta surge en el siglo XXI, en el que supuestamente está hasta la Seguridad Social y su sistema de control de recetas ¿Van a seguir con el mismo control de papelitos, cuando se ponga en marcha la receta electrónica?
Esperemos que alguien, aunque sea el gobierno central, ponga un poco de orden y tire abajo este injusto absurdo y anticuado procedimiento recaudatorio